Seguro que alguna vez has tenido miedo de que se te pasara la fecha del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). Y, con razón, porque si no lo abonas a tiempo puedes llegar a tener recargos de hasta un 20% en los casos más graves con, incluso, el embargo del inmueble u otros bienes. Por eso es tan importante pagar el IBI dentro del plazo establecido.

No obstante, si como contribuyente, alguna vez no has podido estar al día, hoy te contamos cómo puedes hacerlo y cuándo deberás abonarlo para evitar posibles sanciones.

Cuando y donde pagar el IBI

En la actualidad, debido a la cantidad de problemas que tienen muchos de los contribuyentes para llegar a tiempo a pagar todos los impuestos municipales, las administraciones ofrecen más alternativas para hacerlo.

El IBI, es un tributo que debes pagar si eres propietario de un bien inmueble, sin excepciones.Tiene carácter anual y, al ser de los más costosos, una de las alternativas que hay en la actualidad es poder pagarlo a plazos en vez de hacerlo de golpe.

Asimismo, al ser un impuesto municipal, es el ayuntamiento de cada localidad el encargado de establecer los plazos, las modalidades de pago, así como las posibles bonificaciones. Por lo tanto, las fechas para su pago pueden variar de una ciudad a otra.

Lo que es igual para todos es pagarlo en el plazo establecido por cada ayuntamiento, ya que, de lo contrario, se puede llegar a pagar hasta un 20% de recargo y hasta sufrir un embargo del inmueble o de otros bienes, junto con los costes asociados. Por lo tanto, aunque sí que se puede pagar el IBI fuera de plazo es recomendable no hacerlo.

Por otra parte, la forma más común de abonar este impuesto es mediante la domiciliación bancaria de los recibos, tanto si se decide pagar anualmente o de manera fraccionada, aunque también puede ser de manera virtual, por teléfono y presencialmente, en las oficinas del banco.

Pero debes tener en cuenta que, si decides pagar a plazos, los recibos deben estar domiciliados y, por tanto, el propietario del inmueble debe ser el titular de dicha cuenta.

IBI fuera de plazo

Pero ¿qué pasa si no lo haces? Pagar fuera de plazo el IBI o cualquiera de los impuestos municipales fuera de plazo conlleva sanciones tributarias e intereses de demora. ¿Cuánto? Pues dependerá del tiempo que transcurra desde el final del pago voluntario hasta la fecha real en la que se realice.

Recargo del IBI del 5%

Se aplica cuando transcurridos entre los tres y seis meses desde el final del pago voluntario, pero el contribuyente aún no ha recibido ninguna notificación de la providencia de apremio, es decir, cuando la Administración Pública aún no ha exigido una cantidad adicional por las deudas no abonadas. En este caso, el impuesto se puede abonar sin necesidad de carta de pago.

Recargo del IBI del 10%

Se aplica cuando han transcurrido entre tres y seis meses desde el final del pago voluntario, pero por el contrario a lo anterior, el contribuyente sí que ha recibido una notificación de apremio desde la Administración.

Recargo del IBI del 20%

Se aplica en el resto de los casos. Es decir, cuando transcurridos los seis meses desde el final del pago voluntario y cuando el contribuyente ya ha recibido una notificación de apremio, pero, aún así, no procede a su abono. Para ello, se pone en marcha el procedimiento ejecutivo para cobrar la deuda.

En los dos últimos recargos, como propietario, deberás solicitar la carta de pago a tu ayuntamiento para proceder al abono de la deuda tributaria y, así, evitar posibles embargos de bienes y hasta del inmueble en cuestión.

¿Conclusión? Sí que es posible pagar el IBI fuera de plazo, pero no es recomendable hacerlo, por todos los recargos y sanciones tributarias que conlleva.

Si tienes cualquier duda no dudes en consultarnos. En Inmobiliaria Ferrol 22 estaremos encantados de ayudarte.

¡Nos leemos en el siguiente post!